El Tribunal confirmó el incumplimiento del principio de paridad de género horizontal en la inscripción de sus nóminas.
El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) inició la notificación de rechazo a las candidaturas para alcaldías propuestas por el partido Aquí Costa Rica Manda, de cara a las elecciones municipales que se realizarán el próximo domingo 4 de febrero.
Según confirmó la jefa del Departamento de Registro de Partidos Políticos del TSE, Marta Castillo en una entrevista concedida a este medio, la agrupación incumplió con el principio de paridad de género horizontal en la inscripción de sus nóminas, al presentar tres candidaturas de hombres más respecto a las encabezadas por mujeres por lo que el órgano electoral procedió a iniciar con la notificación de las resoluciones, una a una:
Hemos notificado solo dos resoluciones, el resto está en análisis porque no solo se analiza la candidatura de alcaldías, si no que se analizan por cantón todos los puestos que el partido haya propuesto. Lo que sí se hace ver en estas resoluciones es que, en el caso específico de las alcaldías, hay una desproporción en el principio de paridad horizontal porque se están presentando más personas del sexo masculino que del sexo femenino. Todavía nos faltan bastantes resoluciones que dictar en relación a las fórmulas de alcaldías”.
Las candidaturas rechazadas hasta el momento son la del comunicador Nielsen Buján Boza, para el cantón de La Unión, y la de la exdirectora de Diario Extra, Iary Gómez Quesada, quien se postuló para la alcaldía de Alajuela.
Según indican estas dos resoluciones que ya se han hecho públicas:
Una vez realizado el análisis y estudio de paridad horizontal de las nóminas de alcaldes a nivel nacional presentadas por el partido Aquí Costa Rica Manda, se determinó que encabezan treinta y seis (36) hombres y treinta y tres (33) mujeres, y que, al existir una diferencia de más de uno en proporción de sexos con cantidad de cantones propuestos, la agrupación política incumple el principio referido en las nóminas".
Además, los documentos señalan que a pesar de que el Tribunal le pidió al partido que señalara cómo iba a cumplir este principio de paridad, la agrupación no cumplió con la medida:
La agrupación política incumplió con los encabezamientos aprobados en la resolución DGRE-0419-DRPP3 2023, dictada por esta Dirección Electoral a las catorce horas con cuarenta y tres minutos del veintinueve de setiembre de dos mil veintitrés, referente a los puestos de alcaldes durante la presentación del Formulario de Inscripción de Candidaturas. Así las cosas, con fundamento en la jurisprudencia de cita y la normativa electoral expuesta y el artículo 52.k) del Código Electoral, lo procedente es denegar las candidaturas de alcaldes".
En cada resolución, el TSE recordó que los artículos 2, 148 del Código Electoral, 5 y 5 bis del Reglamento para la Inscripción de Candidaturas y Sorteo de la Posición de los Partidos Políticos en las Papeletas, así como lo dispuesto en la resolución n.° 1330-E8-2023, "la participación política de hombres y mujeres es un derecho humano al amparo de los principios de igualdad y no discriminación", por lo que:
La participación se regirá por el principio de paridad horizontal, el cual implica que, para los puestos uninominales la paridad horizontal se evaluará según la escala del partido y en relación con las nóminas efectivamente presentadas para inscripción y que la inobservancia a las pautas sobre paridad horizontal será sancionada con la no inscripción de las nóminas presentadas".
Desde la semana anterior se dio a conocer que esta misma situación se presentó con las papeletas de síndicos del partido. Al respecto, y según confirmó Marta Castillo a Delfino.cr esta tarde, Aquí Costa Rica Manda ya presentó los recursos correspondientes.
Partido pide "calma"
Tras el inicio de las notificaciones de la resolución, el presidente de Aquí Costa Rica Manda, Federico Cruz Saravanja, pidió a los miembros de su partido “mantener la calma”.
En un comunicado el líder de la agrupación dijo que ya están preparando los recursos para su "defensa legal" ante las resoluciones:
De lo resuelto por el Tribunal Supremo de Elecciones y recibidas las notificaciones indicadas, esta organización política se encuentra trabajando con mesura, cautela y dedicación en este tema, tal cual se ha hecho frente en situaciones pasadas y complejas como estas, por lo que se le hace saber que en este momento, para el Comité Ejecutivo Superior, es nuestra prioridad emitir nuestra mejor defensa legal en tiempo y en forma, con las pruebas que corresponde ante el Tribunal Supremo de Elecciones”.
Sin embargo, y al ser consultada al respecto, la jefa del Departamento de Registro de Partidos Políticos del TSE indicó que la única forma de que se validen nóminas cuando haya disparidad en materia de género, es que el partido demuestre, con documentos probatorios, que hizo todo lo posible para conseguir la paridad pero que aún así no logró conseguir más candidatos:
Hay partidos que presentaron sus nóminas y que no cumplen la paridad horizontal pero, amparados en una resolución del Tribunal Supremo de Elecciones, estos han demostrado que el incumplimiento de esta paridad no se debe a causas imputables al partido específicamente, sino que han demostrado que ellos hicieron todos los esfuerzos, hicieron nuevas convocatorias de asambleas y abrieron un periodo nuevo pero no recibieron nuevas postulaciones. El Tribunal, en una resolución anterior, indicó que podrían presentarse nóminas sin cumplimiento de paridad horizontal pero que debía haber quedado debidamente demostrado que el partido hizo esfuerzos para que se postularan candidatos y que aún, pese a estos, no lograron que ninguna persona se postulara".
En este sentido, Castillo fue enfática en señalar que hacer una nueva asamblea para elegir candidatos ya no es una opción:
No existe la posibilidad de que se pueda subsanar mediante la presentación de nuevas asambleas, ya ese es un plazo que terminó el primero de octubre, pues hasta ese día podían los partidos políticos presentar nuevos candidatos, ratificar candidatos o hacer algún tipo de modificaciones, subsacaciones, mediante la vía de las asambleas. Ahora lo único que podrían hacer los partidos políticos es recurrir las resoluciones y aportar los elementos probatorios que estimen pertinentes para determinar o justificar por qué se da este desbalance o impugnar cualquier otro aspecto de la resolución”.
El TSE confirmó a Delfino.cr que el rechazo por temas de paridad también se presentó en postulaciones del Pueblo Soberano, que hizo lo propio al presentar falencias en sus candidaturas de alcaldías y síndicos.
El Tribunal recibió 39.734 solicitudes de inscripción de candidaturas para las elecciones de febrero, de las cuales 4.460 fueron de Aquí Costa Rica Manda.